TRIBUTARIO

AGREGAN, COMO DATO MÍNIMO, EL TIPO DE BIEN EN LA DECLARACIÓN Y PAGO A CUENTA DEL IMPUESTO A LA RENTA DE PRIMERA CATEGORÍA

FECHA DE PUBLICACIÓN: 23.02.18 FECHA DE VIGENCIA: 24.02.2018

Mediante la Resolución de Superintendencia N°061-2018/SUNAT: (i) en el caso del sistema Pago Fácil, se incorpora como dato mínimo el tipo de bien, estableciendo dos tipos de bienes: a) predio, y, b) bien mueble u otros; y (ii) a efecto de presentar la declaración y realizar el pago a cuenta del IR de primera categoría a través de SUNAT Virtual, se debe ingresar este mismo dato como información adicional.

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