APLICAN BENEFICIOS TRIBUTARIOS AL SECTOR FORESTAL Y DE FAUNA SILVESTRE
Mediante la norma en comentario se modifica la Ley N°29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, a fin de establecer que, a partir del ejercicio 2022, será aplicable a las personas naturales y jurídicas comprendidas en dicha ley las disposiciones sobre tasas reducidas del impuesto a la renta previstas en la Ley N°31110, Ley del Régimen Laboral Agrario y de Incentivos para el sector agrario y riego, agroexportador y agroindustrial.
Asimismo, estas personas podrán aplicar la tasa de depreciación anual prevista en la Ley N°31110 (20%) sobre el monto de inversiones en obras de infraestructura destinadas al manejo y aprovechamiento forestal y de fauna silvestre hasta el 31 de diciembre de 2025.
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