APRUEBAN DISPOSICIONES SOBRE LA EXCEPCIÓN DE EFECTUAR PAGOS A CUENTA Y SOBRE LA SUSPENSIÓN DE EFECTUAR RETENCIONES Y/O PAGOS A CUENTA POR RENTAS DE CUARTA CATEGORÍA CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO GRAVABLE 2018
La Resolución de Superintendencia N°018-2018/SUNAT aprueba disposiciones sobre la excepción de efectuar pagos a cuenta y sobre la suspensión de efectuar retenciones y/o pagos a cuenta por rentas de cuarta categoría correspondientes al ejercicio 2018.
En efecto, en relación con la excepción que permite no efectuar pagos a cuenta del Impuesto a la Renta por rentas de cuarta categoría:
Asimismo, en relación con la suspensión de efectuar retenciones y/o pagos a cuenta del Impuesto a la Renta por rentas de cuarta categoría:
Adicionalmente, se indica que los contribuyentes que excepcionalmente presenten la solicitud de suspensión de acuerdo a lo previsto en el artículo 6° de la Resolución de Superintendencia N°013-2007/SUNAT, utilizarán el formato anexo a la Resolución de Superintendencia N°004-2009/SUNAT denominado “Guía para efectuar la Solicitud de Suspensión de Retenciones y/o Pagos a Cuenta”, el cual se encontrará a disposición de los interesados en SUNAT Virtual.
Finalmente, las constancias de presentación a que se refiere el literal j) del artículo 1° de la Resolución de Superintendencia N°013-2007/SUNAT correspondientes al ejercicio gravable 2018, que hubieran sido otorgadas a los contribuyentes hasta el 18.01.2017, tendrán validez hasta finalizar el ejercicio 2018, sin perjuicio de las disposiciones vinculadas con el reinicio de las retenciones y/o pagos a cuenta del Impuesto a la Renta suspendidos, contenidas en el Capítulo IV de la Resolución de Superintendencia N°013-2007/SUNAT.
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