El día 21 de enero de 2019, se publicó la Resolución de Superintendencia N°013-2019/SUNAT, por medio de la cual, la SUNAT:
- Designó nuevos emisores del Sistema de Emisión Electrónica (SEE) por las operaciones descritas a continuación:
- Martilleros públicos y todas las entidades que rematen o subasten bienespor cuenta de terceros: por el remate o adjudicación de bienes por la venta forzada.
- Empresas que desempeñan el rol adquirente en los sistemas de pago mediante tarjetas de crédito y/o débito emitidas por los bancos e instituciones financieras o crediticias, domiciliadas o no en el país:por las operaciones involucradas en dicho rol.
- Operadores y demás partes distintas del operador de las sociedades irregulares, consorcios, Joint Ventures u otras formas de contratos de colaboración empresarial, que no lleven contabilidad independiente y se dediquen a actividades de exploración y explotación de hidrocarburos: por la transferencia de bienes obtenidos por la ejecución del contrato o sociedad que el operador y demás partes realicen conjuntamente en una misma operación.
- Empresas concesionarias que prestan el servicio público de distribución de gas natural por redes de ductos (según el Decreto Supremo N°40-2008-MEM): por la prestación del servicio público distribución de gas natural por redes de ductos.
- Asignó la calidad de emisor electrónico, únicamente por la realización de las operaciones descritas en el punto 1, en dos oportunidades:
- A partir del 01.01.2020, cuando, al 31.12.2019, los sujetos realicen las operaciones descritas en el punto 1;
- Desde la fecha en que se emita o deba emitir el Comprobante de pago por las mencionadas operaciones, lo que ocurra primero, respecto de los sujetos que inicien las operaciones en cuestión con posterioridad al 01.01.2020.
- Modificó las Resoluciones de Superintendencia N°300-2014/SUNAT (SEE), 097-2012/SUNAT (SEE-Del Contribuyente) y 117-2017/SUNAT (SEE-OSE) con la finalidad de adecuar la implementación de la emisión electrónica de los siguientes documentos, los que serán emitidos desde el SEE-SOL, SEE-del Contribuyente y SEE-OSE: (a) los documentos emitidos por Operadores y demás partes distintas del operador de las sociedades irregulares y contratos de colaboración empresarial que se dediquen a actividades de exploración y explotación de hidrocarburos; (b) recibos emitidos por el servicio de distribución de gas natural por red de ductos; (c) documentos emitidos por las empresas que desempeñan el rol de adquirente en los sistemas de pago mediante tarjetas de crédito.
- Modificó la Resolución de Superintendencia N°188-2010/SUNAT (SEE-SOL) con la finalidad de implementar en dicho Sistema la emisión electrónica de las pólizas de adjudicación emitidas por los martilleros públicos, con ocasión del remate o adjudicación de bienes por venta forzada.
- Finalmente, las modificaciones indicadas en los puntos 3 y 4, entrarán en vigencia el 01 de enero de 2020.