DETERMINAN CESE DE VIGENCIA DEL RÉGIMEN ESPECIAL DE FRACCIONAMIENTO TRIBUTARIO
Mediante la Resolución N° 03568-5-2018, el Tribunal Fiscal determinó el momento en el que cesa la vigencia del Régimen Especial de Fraccionamiento Tributario – REFT, estableciendo que dicho cese ocurre cuando la Administración notifique el o los valores que correspondan a la totalidad de la deuda vencida o impaga, por adeudarse dos o más cuotas vencidas, dándose en ese momento por vencidos todos los plazos.
De acuerdo con el Tribunal Fiscal, las normas que regulan este régimen especial no contemplan un supuesto de pérdida automática del fraccionamiento, sino que otorgan la facultad a la Administración de cobrar la totalidad deuda. En tal sentido, solo cuando la Administración manifiesta su voluntad de proceder la cobranza a través de la notificación de valores cesa la vigencia del REFT.
En consecuencia, en tales casos hasta que ocurra dicho cese se encontrará suspendido el plazo de prescripción de la acción de la Administración para exigir el pago.
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