TRIBUTARIO

DICTAN DISPOSICIONES PARA FACILITAR LA DECLARACIÓN MEDIANTE EL FORMULARIO VIRTUAL DECLARA FÁCIL 621 IGV – RENTA MENSUAL

FECHA DE PUBLICACIÓN: 27.08.21 FECHA DE VIGENCIA: 01.12.21

Mediante la norma bajo comentario la SUNAT modifica la Resolución de Superintendencia N°335-2017/SUNAT, que aprobó el Formulario Declara Fácil 621 IGV – Renta Mensual utilizado por el deudor tributario que debe elaborar y presentar la declaración mensual y efectuar el pago, de corresponder, de dicho concepto (IGV).

En ese sentido, se crea el Reporte de Ventas que constituye un mecanismo de ayuda de uso opcional para el llenado de determinadas casillas del formulario Declara Fácil IGV - Renta mensual vinculadas al IGV con información personalizada que se mostrará automáticamente, principalmente relativa a las anotaciones de las operaciones en los registros de ventas e ingresos y de compras en forma electrónica.

Dicho Reporte de Ventas ha sido previsto para aquellos sujetos que, de manera conjunta, en el período al que correspondería el Reporte de Ventas que se pretende utilizar:

I.        Están obligados a llevar el Registro de Ventas e Ingresos, pero no de manera electrónica.

II.  Sean emisores electrónicos por determinación, salvo que se trate de los sujetos comprendidos en el inciso c) del numeral 4.1 del artículo 4 de la Resolución de Superintendencia Nº 300-2014/SUNAT (emisores electrónicos por determinación de la SUNAT o de aquellos que deban emitir el recibo electrónico SP o de aquellos que deban o puedan emitir el comprobante empresas supervisadas SBS, de acuerdo con lo regulado en la normativa sobre emisión electrónica.

III.    No lleven su contabilidad en moneda extranjera conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 151-2002-EF.

Estas modificaciones entran en vigencia el 01 de diciembre de 2021, fecha a partir de la cual estará disponible el Reporte de Ventas.

 

 

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