FIJAN LA TIM APLICABLE A DEUDAS TRIBUTARIAS DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA QUE ADMINISTRA O RECAUDA EL SAT
Mediante Ordenanza N°2258, se fija en uno por ciento (1.0%) la Tasa de Interés Moratorio (TIM) mensual aplicable a deudas tributarias en moneda nacional correspondientes a tributos de la Municipalidad Metropolitana de Lima que administra o recauda el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Adicionalmente, se faculta se faculta al SAT a fijar la TIM mensual aplicable a las deudas tributarias en moneda nacional, correspondientes a tributos de la Municipalidad Metropolitana de Lima que administra o cuya recaudación estuviera a su cargo, con los límites establecidos en el artículo 33 del Código Tributario.
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