TRIBUTARIO

LEY DE UTILIDADES JUSTAS PARA LAS MADRES

FECHA DE PUBLICACIÓN: 15.06.18 FECHA DE VIGENCIA: 16.06.2018

Mediante la Ley N°30792, se modifica el artículo 2° del Decreto Legislativo N°892 -norma que regula el derecho de los trabajadores a participar en las utilidades de las empresas que desarrollan actividades generadoras de rentas de tercera categoría- y el artículo 1° de la Ley N°26644 -norma que precisa el goce del derecho de descanso pre-natal y post-natal de la trabajadora gestante- a fin de establecer que, para efectos de determinar la participación en las utilidades de la empresa, se considera como días efectivamente laborados, los días de descanso prenatal y postnatal de la trabajadora.

Cabe señalar que, se ha previsto que, en un plazo máximo de 30 días contados desde el 16.06.2018, el Poder Ejecutivo debe adecuar el Reglamento del Decreto Legislativo N°892, a lo dispuesto en la ley bajo comentario.

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