TRIBUTARIO

MODIFICAN DISPOSICIONES SOBRE APLAZAMIENTO Y/O FRACCIONAMIENTO DE LA DEUDA TRIBUTARIA DE TRIBUTOS INTERNOS

FECHA DE PUBLICACIÓN: 13.01.19 FECHA DE VIGENCIA: 01.02.2019

Mediante la Resolución de Superintendencia N°005-2019/SUNAT, se modifican (i) el Reglamento de Aplazamiento y/o Fraccionamiento de la deuda tributaria por tributos internos, aprobado por la Resolución de Superintendencia N°161-2015/SUNAT (el “Reglamento”); y, (ii) las disposiciones que regulan el otorgamiento excepcional de un nuevo aplazamiento y/o fraccionamiento a los saldos de la deuda tributaria de tributos internos anteriormente acogidas, contenidas en la Resolución de Superintendencia N°190-2015/SUNAT (la “Resolución”).

Las modificaciones son las siguientes:

- Respecto del Reglamento, se establece que en los casos de aquellas solicitudes de fraccionamiento presentadas inmediatamente después de presentada la declaración jurada anual del IR pero antes de su vencimiento, la primera cuota estará constituida por la cuota constante más los intereses diarios del fraccionamiento generados por la deuda acogida desde el día siguiente de dicha fecha de vencimiento hasta el último día del mes del mismo, dejándose de tener como referencia la fecha de aprobación del fraccionamiento.

- Respecto del Reglamento y la Resolución, se establece la posibilidad de que el pago de la cuota de acogimiento también pueda ser realizado por el sistema de pago fácil.

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