TRIBUTARIO

Modifican el procedimiento específico “Reconocimiento físico – extracción y análisis de muestras” DESPA-PE.00.03 (versión 3)

FECHA DE PUBLICACIÓN: 26.11.21 FECHA DE VIGENCIA: 27.11.2021

Se modifica el procedimiento específico “Reconocimiento físico – extracción y análisis de muestras” DESPA-PE.00.03 (versión 3) con el objeto de eliminar la sobrecarga operativa para los operadores de comercio exterior (en adelante, “OCE”) y para la Administración Tributaria y, en virtud de ello, se toma las siguientes medidas:

-     A modo de antecedente, se señala que en virtud del Decreto Supremo Nº 044-2020-PCM que declaró el Estado de Emergencia Nacional y dispuso el aislamiento social obligatorio por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID -19 y sus prórrogas, se publicó la Resolución de Superintendencia Nº 000053-2021/SUNAT que reguló el reconocimiento físico remoto y estableció los supuestos aplicables.

-     Mediante la presente norma, los OCE ya no se encuentran obligados a poner a disposición de la aduana operativa el material audiovisual del reconocimiento físico remoto realizado antes de su eliminación, dado que ello origina una sobrecarga operativa para los OCE y la Administración Tributaria.

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