COMERCIO EXTERIOR Y ADUANAS

MODIFICAN EL PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO “USO Y CONTROL DE PRECINTOS ADUANEROS Y OTRAS OBLIGACIONES QUE GARANTICEN LA INTEGRIDAD DE LA CARGA” CONTROL-PE.00.08 (VERSIÓN 3)

FECHA DE PUBLICACIÓN: 16.06.21 FECHA DE VIGENCIA: 17.06.2021

Se modifica el procedimiento “Uso y control de precintos aduaneros y otras obligaciones que garanticen la integridad de la carga” CONTROL-PE.00.08 (versión 3); siendo las principales medidas las siguientes:

-  Se señala que el procedimiento entra en vigencia a partir del 2 de octubre de 2020, excepto los incisos f) de los numerales 1 y 2 del anexo I, que establecen la obligación de incluir el código QR en los precintos aduaneros que entran en vigencia el 31 de enero de 2022.

-  Se modifica el Anexo I, referente a características mínimas del precinto aduanero, con relación al precinto aduanero tipo perno, señalándose como característica, que el código QR impreso sea visible sobre el tambor, que tenga formato cuadrado, con una medida mínima de 1 cm. por lado, que almacene el número del precinto aduanero (identificador único), que permita su identificación automática y si el tambor del precinto aduanero se encuentra encapsulado, no interfiera en la captura y lectura de datos.

-  Asimismo, se modifican las características del precinto aduanero cable, señalándose que el Código QR impreso y visible sobre el cuerpo, debe tener una medida mínima de 1cm, que almacene el número del precinto aduanero (identificador único), que permita su identificación automática y si el cuerpo del precinto aduanero se encuentra encapsulado, no interfiera en la captura y lectura de datos.

 

 

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