COMERCIO EXTERIOR Y ADUANAS

MODIFICAN EL PROCEDIMIENTO GENERAL “IMPORTACIÓN PARA EL CONSUMO” DESPA-PG.01 (VERSIÓN 7)

FECHA DE PUBLICACIÓN: 18.07.18 FECHA DE VIGENCIA: 25.07.2018

Mediante la norma comentada se modifica el procedimiento general “Importación para el Consumo” DESPA-PG.01 (Versión 7), con la finalidad de regular la atención de los despachos anticipados de importación para el consumo fuera del horario administrativo; y excluir del registro del pesaje a los vehículos automóviles nuevos que salen por sus propios medios de los terminales portuarios.

(i) Respecto a la atención de los despachos anticipados de importación para el consumo, fuera del horario administrativo, se establece que el jefe del área que administra el régimen en cada intendencia de aduana excepcionalmente establecerá la atención fuera del horario administrativo incluso en días inhábiles, de acuerdo con la disponibilidad de su personal.

(ii) Con relación al registro del pesaje a los vehículos automóviles nuevos que salen por sus propios medios de los terminales portuarios, se precisa que cuándo éstos se declaren bajo el despacho anticipado no se encontrarán sujetos a regularización cuando en la declaración se haya consignado como punto de llegada un depósito temporal.

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