TRIBUTARIO

MODIFICAN NORMAS COMPLEMENTARIAS DEL REINTEGRO TRIBUTARIO PARA LA REGIÓN SELVA

FECHA DE PUBLICACIÓN: 31.05.18 FECHA DE VIGENCIA: 03.08.2018

Mediante la Resolución de Superintendencia N°139-2018/SUNAT, se modifican las Normas Complementarias del Reintegro Tributario para la Región Selva. Entre las principales modificaciones tenemos las siguientes:

  1. Como adecuación a la Ley N°30401, que prorroga hasta el 31 de diciembre de 2018 el beneficio de reintegro tributario únicamente para el Departamento de Loreto, se eliminan de la definición de “Región” a los demás departamentos de Ucayali, San Martín, Amazonas y Madre de Dios.
  2. A fin de tener certeza del origen y del traslado de los bienes que ingresan a la Región Selva, se exige adjuntar los comprobantes de pago emitidos por las garitas de peaje por las que transitó el vehículo de transporte como requisito para la visación de las guías de remisión. Cabe anotar que el visado de las guías de remisión es un requisito para solicitar el Reintegro Tributario.
  3. En uso de sus facultades, la SUNAT ha dispuesto eliminar ciertos puntos de control obligatorio y agregar uno adicional.

Estas normas modificatorias entrarán en vigencia a los 45 días hábiles de su publicación; es decir, el 03 de agosto de 2018.

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