TRIBUTARIO

NUEVA VERSIÓN DEL PDT PLANILLA ELECTRÓNICA – PLAME

FECHA DE PUBLICACIÓN: 30.03.18 FECHA DE VIGENCIA: 31.03.2018

Con el objetivo de optimizar el procedimiento de devolución de oficio a que se refiere la Ley N°30734 ( haga clic aquí si desea ver el informativo correspondiente a dicha norma ) , se aprueba la versión 3.4 del PDT Planilla Electrónica – PLAME, Formulario Virtual N°0601, a fin de que los empleadores incluyan el detalle de la devolución de las retenciones en exceso del IR de quinta categoría que realizan a cada trabajador cuando termina el respectivo contrato de trabajo o cesa el vínculo laboral.

La versión 3.4 antes referida debe ser utilizada por:

  1. Los sujetos obligados a cumplir con la presentación del PDT Planilla Electrónica – PLAME, de conformidad con lo indicado en el artículo 4° de la Resolución de Superintendencia N°183-2011/SUNAT, y con la declaración de los conceptos referidos en el artículo 7° de la mencionada resolución (salvo las Retenciones del aporte al Sistema Nacional de Pensiones de los trabajadores independientes establecido en el artículo 9 de la Ley N°29903), a partir del periodo de marzo de 2018.
  1. Aquellos sujetos que se encuentren omisos a la presentación de la PLAME y a la declaración de los conceptos referidos en el artículo 7° de la Resolución de Superintendencia N°183-2011/SUNAT, por los períodos tributarios de noviembre de 2011 a febrero de 2018, o deseen rectificar la información correspondiente a dichos períodos.

Esta nueva versión está a disposición de los interesados a partir del 01.04.2018 y será de uso obligatorio a partir de dicha fecha.

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