OTORGAN FACULTAD A LA SUNAT DE RECAUDAR LAS APORTACIONES A LA IAFAS-SIS
Mediante el Decreto de Urgencia N°017-2019, se autoriza a la Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud del Sistema Integral de Salud (IAFAS – SIS), a afiliar independientemente de la clasificación socioeconómica, a toda persona residente en el territorio nacional que no cuente con seguro de salud, con la finalidad de garantizar la protección del derecho a la salud.
Con ocasión de lo anterior, se modifica la Ley N°29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, a fin de:
Asimismo, se establece que mediante Resolución de Superintendencia la SUNAT aprueba la forma y condiciones para que se efectúe la declaración y pago de las aportaciones a la IAFAS –SIS.
Estas modificaciones a Ley N°29816, entrarán en vigencia a los 150 días calendario contados a partir del día siguiente de la publicación del Decreto Supremo a que se refiere el artículo 7° del presente Decreto de Urgencia, en la que se aprobarán las disposiciones sobre la recaudación de los aportes de los asegurados del SIS.
Las publicaciones contenidas en esta página web no constituyen opiniones legales. Han sido elaboradas con fines únicamente informativos y no con el objeto de proporcionar asesoría legal al lector. Su contenido ha sido redactado en términos generales, pudiendo ser modificado en cualquier momento, sin previo aviso. El acceso a esta información, a la página web o a cualquiera de los correos electrónicos señalados en este sitio no crean ningún tipo de relación entre Zuzunaga, Assereto y Zegarra Abogados S. Civil de R.L. y el lector.