TRIBUTARIO

PRESENTACIÓN DE LAS DECLARACIONES ELABORADAS MEDIANTE PDT DEBE REALIZARSE EN TODOS LOS CASOS A TRAVÉS DE SUNAT VIRTUAL

FECHA DE PUBLICACIÓN: 30.04.20 FECHA DE VIGENCIA: 01.05.2020

Mediante la norma bajo comentario se establece que la presentación de las declaraciones originales, rectificatorias o sustitutorias utilizando los PDT se realizará solo a través de SUNAT Virtual, eliminándose la posibilidad de presentarlos a través de otros canales.

Para cumplir con dicha obligación, se deberá ingresar a SUNAT Operaciones en Línea y seleccionar la opción Mis declaraciones y pagos, acto seguido, proceder con la presentación del PDT debidamente elaborado conforme a la normativa aplicable.

Una vez presentada la declaración, el deudor tributario puede proceder con el pago en efectivo o mediante cheque en la red bancaria autorizada por la SUNAT, a través del Sistema Pago Fácil, de SUNAT Virtual, en los bancos habilitados utilizando el NPS o mediante documentos valorados.

A partir del 01.05.2020 la utilización de discos compactos o memorias USB para presentar las declaraciones elaboradas mediante PDT en las unidades de principales contribuyentes de la SUNAT o, en el caso de medianos y pequeños contribuyentes, en las agencias y sucursales de las entidades del sistema financiero autorizadas por la SUNAT, queda restringida para la presentación de las declaraciones informativas cuando corresponda su presentación mediante PDT.

 

 

Regresar

Compartir en:

Las publicaciones contenidas en esta página web no constituyen opiniones legales. Han sido elaboradas con fines únicamente informativos y no con el objeto de proporcionar asesoría legal al lector. Su contenido ha sido redactado en términos generales, pudiendo ser modificado en cualquier momento, sin previo aviso.  El acceso a esta información, a la página web o a cualquiera de los correos electrónicos señalados en este sitio no crean ningún tipo de relación entre Zuzunaga, Assereto y Zegarra Abogados S. Civil de R.L. y el lector.