TRIBUTARIO

PRORROGAN BENEFICIOS TRIBUTARIOS DE LA LEY DE DEMOCRATIZACIÓN DEL LIBRO Y DE FOMENTO DE LA LECTURA

FECHA DE PUBLICACIÓN: 04.10.18 FECHA DE VIGENCIA: VARIABLE

1. La norma comentada prorroga por el plazo de un año la vigencia de los beneficios tributarios establecidos en la Ley N°28086, Ley de Democratización del Libro y de Fomento de la Lectura, conforme se detalla a continuación:

1.1. En el supuesto del Crédito Tributario por reinversión aplicable las empresas a cargo de todas las fases de la industria editorial, así como la circulación del libro y productos editoriales afines, referidas en el numeral 1 del artículo 17° de la Ley N°28086, que reinviertan total o parcialmente su renta neta imponible, la vigencia de la prórroga será desde el 03.01.2019 hasta el 03.01.2020.

1.2. Para el caso de la Exoneración del IGV a la importación y/o venta en el país de los libros y productos editoriales afines, la vigencia de la prórroga será desde el 14.10.2018 hasta el 14.10.2019.

1.3. Finalmente, para el Reintegro Tributario a favor de los editores de libros, la vigencia de la prórroga será desde el 14.10.2018 hasta el 14.10.2019.

2. Asimismo, mediante la citada norma se establece la formulación de la Política y el Plan Nacional de Fomento de la Lectura, el Libro y las Bibliotecas.

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