TRIBUTARIO

PRORROGAN EL USO OPCIONAL DE LOS FORMULARIOS “DECLARA FÁCIL”

FECHA DE PUBLICACIÓN: 29.06.18 FECHA DE VIGENCIA: 30.06.2018

Según lo indicamos en nuestro informativo del 27.12.2017 (que encontrará en este enlace), la Resolución de Superintendencia N°335-2017/SUNAT creó el servicio “Mis Declaraciones y pagos” y aprobó, entre otros, los formularios “Declara Fácil”, los mismos que, para determinadas declaraciones, debían ser utilizados a partir del período de junio de 2018.

Ahora bien, la Resolución de Superintendencia N° 165-2018/SUNAT establece nuevas fechas para la utilización de los formularios “Declara Fácil” en el servicio “Mis Declaraciones y Pagos”, conforme explicamos a continuación:

1. Para la presentación de las declaraciones determinativas originales, sustitutorias o rectificatorias correspondientes al IGV, Pagos a Cuenta del IR del Régimen General y del Régimen MYPE Tributario, Régimen Especial del IR e IVAP:

(i) Del periodo setiembre de 2018 en adelante: Sólo se utilizará el Formulario “Declara Fácil 621 IGV -Renta mensual”.

(ii) Del periodo enero de 2015 a agosto de 2018: Se utilizará el PDT N° 621 “IGV - Renta mensual” o el Formulario “Declara Fácil 621 IGV - Renta mensual”.

(iii) Para periodos anteriores a enero de 2015: Sólo se utilizará PDT N° 621 “IGV - Renta mensual”.

2. Para la presentación de las declaraciones determinativas originales, sustitutorias o rectificatorias correspondientes a las retenciones y percepciones del IGV:

(i) Del periodo setiembre de 2018 en adelante: Sólo se utilizarán los Formularios “Declara Fácil 626 - Agentes de retención”, “Declara Fácil 633 - Agente de percepción adquisición de combustible” o “Declara Fácil 697 - Agente de percepción ventas internas”, según corresponda.

(ii) Del periodo enero de 2016 a agosto de 2018: Se utilizarán el PDT N° 626 – “Agentes de Retención” o el Formulario “Declara Fácil 626 - Agentes de retención”; el PDT N° 633 – “Agentes de Percepción” o el Formulario “Declara Fácil 633 - Agente de percepción adquisición de combustible” o el PDT N° 697 – “Percepciones a las ventas internas” o el Formulario “Declara Fácil 697 - Agente de percepción ventas internas·, según corresponda.

(iii) Para periodos anteriores a enero de 2016: Sólo se utilizarán el PDT N° 626 – “Agentes de Retención”, el PDT N° 633 – “Agentes de Percepción”, o el PDT N° 697 – “Percepciones a las ventas internas”, según corresponda.

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