PRORROGAN FECHAS DE VENCIMIENTO PARA OBLIGACIONES TRIBUTARIAS DEL MES DE FEBRERO Y MARZO
Mediante Resolución de Superintendencia N°069-2020/SUNAT, se prorrogan las fechas de vencimiento para las obligaciones tributarias del mes de febrero y marzo, en virtud de la ampliación del aislamiento social obligatorio.
Para tal efecto, se modifica la Resolución de Superintendencia N°055-2020/SUNAT (vinculo al informativo) y la Resolución de Superintendencia N°065-2020/SUNAT (vinculo al informativo) estableciéndose que las declaraciones y pagos mensuales de los conceptos a que se refiere el artículo 7 de la Resolución de Superintendencia N° 183-2011/SUNAT y normas modificatorias, y la presentación de la planilla mensual de pagos a que se refiere el artículo 4-B del Decreto Supremo N° 018-2007-TR y normas modificatorias que se efectúan utilizando el PDT Planilla Electrónica – PLAME, a través del Formulario Virtual Nº 0601 correspondientes al período febrero y marzo de 2020, se deben realizar conforme al siguiente cronograma:
Febrero:
Último digito del RUC Fecha de vencimiento
1 05.05.2020
2 y 3 06.05.2020
4 y 5 07.05.2020
6 y 7 08.05.2020
8 y 9 11.05.2020
Buenos contribuyentes 12.05.2020
Marzo:
Último digito del RUC Fecha de vencimiento
0 15.05.2020
1 18.05.2020
2 y 3 19.05.2020
4 y 5 20.05.2020
6 y 7 21.05.2020
8 y 9 22.05.2020
Buenos contribuyentes 25.05.2020
Finalmente, se establece que los pagos correspondientes al período abril de 2020, se deben realizar conforme al cronograma del anexo I de la Resolución de Superintendencia N° 269-2019/SUNAT (vinculo al informativo)
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