TRIBUTARIO

PRORROGAN HASTA EL 2023 LA VIGENCIA DE LAS EXONERACIONES DE LA LEY DEL IR

FECHA DE PUBLICACIÓN: 31.12.20 FECHA DE VIGENCIA: 01.01.2021

Mediante la Ley Nº31106 se prorroga hasta el 31.12.2023 la vigencia de las exoneraciones al IR contenidas en el artículo 19º de la Ley del IR, a favor -entre otros- de las asociaciones sin fines de lucro y fundaciones. 

Asimismo, se establece que la SUNAT publique anualmente en su portal institucional la lista las sociedades o instituciones religiosas, fundaciones afectas y asociaciones sin lucro exoneradas del IR de tercera categoría en aplicación de los incisos a) y b) del artículo 19º de la Ley del IR, así como la suma de rentas netas exoneradas, por tipo de contribuyente. Dicha publicación se deberá efectuar respecto de los ejercicios 2021, 2022 y 2023 hasta 120 días después de la última fecha de vencimiento para la presentación de la declaración del IR de cada uno de tales ejercicios.

 

 

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