TRIBUTARIO

PRORROGAN LA VIGENCIA DE EXONERACIONES Y BENEFICIOS TRIBUTARIOS VINCULADOS CON EL IGV

FECHA DE PUBLICACIÓN: 30.12.21 FECHA DE VIGENCIA: 01.01.2022

Mediante la norma en comentario se prorroga la vigencia de las siguientes exoneraciones:

  1. Hasta el 31 de diciembre de 2024, la vigencia de:
  • El Decreto Legislativo N°783, que aprueba la norma sobre devolución de impuestos que gravan las adquisiciones con donaciones del exterior e importaciones de misiones diplomáticas y otros.
  • La exoneración del IGV por la emisión de dinero electrónico efectuara por las empresas emisoras de dinero electrónico.
  1. Hasta el 31 de diciembre de 2022 las exoneraciones contenidas en los Apéndices I y II de la Ley de IGV e ISC.

Finalmente, se establece que la SUNAT es la encargada de publicar en su sede digital la relación de sujetos acogidos a los beneficios mencionados previamente. 

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