REGLAMENTO DE LA LEY N° 27693, LEY QUE CREA LA UNIDAD DE INTELIGENCIA FINANCIERA - PERÚ (UIF - PERÚ)
Mediante el Decreto Supremo N°020-2017-JUS, se aprobó el nuevo reglamento de la Ley N°27693, Ley que crea la Unidad de Inteligencia Financiera - Perú (UIF - Perú) y deroga el actual reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N°018-2006-JUS.
Respecto a las funciones y facultades de la UIF-Perú vinculadas al acceso al secreto bancario y la reserva tributaria con autorización judicial, se regula lo siguiente:
Cabe agregar que los notarios a nivel nacional mantienen la obligación de (i) enviar su registro de operaciones a la UIF –Perú y (ii) comunicar a través de un reporte de operaciones sospechosas, las operaciones detectadas en el curso de sus actividades; en tanto se implemente, en virtud del nuevo Reglamento, el Órgano Centralizado de Prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo - OCP LA/FT y se cuente con la conformidad de la SBS sobre su adecuado funcionamiento.
Las publicaciones contenidas en esta página web no constituyen opiniones legales. Han sido elaboradas con fines únicamente informativos y no con el objeto de proporcionar asesoría legal al lector. Su contenido ha sido redactado en términos generales, pudiendo ser modificado en cualquier momento, sin previo aviso. El acceso a esta información, a la página web o a cualquiera de los correos electrónicos señalados en este sitio no crean ningún tipo de relación entre Zuzunaga, Assereto y Zegarra Abogados S. Civil de R.L. y el lector.