TRIBUTARIO

REGULAN LA NOTIFICACIÓN ELECTRÓNICA PARA DETERMINADOS ACTOS ADMINISTRATIVOS Y COMUNICACIONES A USUARIOS DE BIENES FISCALIZADOS

FECHA DE PUBLICACIÓN: 16.08.19 FECHA DE VIGENCIA: 17.08.2019

Mediante la Resolución de Superintendencia N°157-2019/SUNAT se dispone la notificación electrónica de determinados actos administrativos y comunicaciones a los usuarios de bienes fiscalizados en el marco de lo regulado mediante el Decreto Legislativo N°1126, que estableció las medidas de control en los insumos químicos y productos fiscalizados, maquinarias y equipos utilizados parala elaboración de drogas ilícitas.

A continuación, señalamos las principales disposiciones que establece la norma comentada:

- Se establece que los usuarios de bienes fiscalizados pueden ser notificados a través de Notificaciones SOL con los actos administrativos y las comunicaciones vinculadas con las solicitudes de: (i) Inscripción en el Registro para el Control de Bienes Fiscalizados (Registro); (ii) Modificación o actualización de la información del Registro; (iii) Suspensión de inscripción en el Registro; (iv) Levantamiento de la suspensión de inscripción en el Registro; (v) Renovación de inscripción en el Registro; (vi) Baja de inscripción en el Registro. Asimismo, podrán ser notificados con los actos administrativos y comunicaciones vinculadas con los siguientes procedimientos: Baja definitiva de inscripción en el Registro; Suspensión de inscripción en el Registro; Recurso de reconsideración y de apelación; Procedimiento administrativo sancionador; Atención de las consultas a que se refiere el Decreto Legislativo N°1126 y su reglamento; y, Acción de control y fiscalización.

- Se establece el procedimiento y los requisitos para realizar la notificación electrónica.

- Se reitera que la notificación se considera efectuada y surte efectos al día hábil siguiente a la fecha del depósito del documento.

- Se precisa que el usuario de bienes fiscalizados debe consultar periódicamente su buzón electrónico a efecto de tomar conocimiento de los actos administrativos o comunicaciones, notificados a través de Notificaciones SOL

Finalmente, mediante la Resolución materia de comentario, se establece cuáles son los tipos de documentos que se pueden notificar a los usuarios de bienes fiscalizados (cartas, resoluciones, informes, oficio, u otros).

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