SE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO GENERAL “ZONAS ESPECIALES DE DESARROLLO” DESPA-PG.22 (VERSIÓN 2) Y SE DEROGA EL PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO “CETICOS: INGRESO/SALIDA DE VEHÍCULOS” DESPA-PE.22.02 (VERSIÓN 1)
Mediante la norma en comentario la SUNAT ha realizado los siguientes cambios en la normativa aduanera:
i) Se aprobó una nueva versión del Procedimiento General “Zonas especiales de desarrollo” DESPA-PG.22, a fin de incorporar mejoras en el trámite aduanero vinculadas a la presentación de manera electrónica de los documentos que resulten indispensables para el despacho, traslado, ingreso, permanencia y salida de las mercancías destinadas a las ZED, Zonas Especiales de Desarrollo que tienen condición de zona primaria aduanera de trato especial y constituyen “punto de llegada”.
ii) Se derogó el Procedimiento Específico “CETICOS: ingreso/salida de vehículos” DESPA-PE.22.02, procedimiento que otorgaba las pautas para el traslado e ingreso de vehículos automotores de transporte terrestre usados que arribaban a las ZED para su reparación o reacondicionamiento y posterior nacionalización.
La referida derogación se debe a que las disposiciones contenidas en el Procedimiento Específico estaban desactualizadas y no estaban acorde al Reglamento ZED, en especial en lo relativo a la solicitud de traslado. Cabe mencionar que el Reglamento ZED fue aprobado mediante Decreto Supremo N°005-2019-MINCETUR, norma que dispuso que el traslado de las mercancías desde y hacia los lugares de ingreso y salida permitidos para la ZED se realiza mediante la solicitud de traslado.
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