TRIBUTARIO

SE CREA LA ZOFRACAJAMARCA

FECHA DE PUBLICACIÓN: 14.08.21 FECHA DE VIGENCIA: 15.08.2020

Mediante la norma en comentariose crea la Zona Franca de la Región Cajamarca (ZOFRACAJAMARCA), para la realización de actividades de producción, comercialización, industriales, agroindustriales, maquila y de servicios. Asimismo, se establece que la misma se encuentra ubicada en el distrito de San Ignacio, provincia de San Ignacio, departamento de Cajamarca.

Adicionalmente se dispone que los usuarios que realicen las actividades antes detalladas se encuentran exonerados del Impuesto a la Renta, IGV, ISC, Impuesto de Promoción Municipal (IPM), derecho aduaneros y aranceles, y de todo tributo, tanto del gobierno central, regional y municipal, creado o por crearse, inclusive de aquellos que requieran de norma para exonerarla expresamente. La exoneración no comprende a las aportaciones a derechos pensionarios, ESSALUD y sus tasas.

Finalmente, se establece que las operaciones que se efectúen entre los usuarios dentro de la ZOFRACAJAMARCA se encuentran exoneradas del IGV e IPM.

Regresar

Compartir en:

Las publicaciones contenidas en esta página web no constituyen opiniones legales. Han sido elaboradas con fines únicamente informativos y no con el objeto de proporcionar asesoría legal al lector. Su contenido ha sido redactado en términos generales, pudiendo ser modificado en cualquier momento, sin previo aviso.  El acceso a esta información, a la página web o a cualquiera de los correos electrónicos señalados en este sitio no crean ningún tipo de relación entre Zuzunaga, Assereto y Zegarra Abogados S. Civil de R.L. y el lector.