SE MODIFICA EL CRONOGRAMA DE VENCIMIENTOS PARA LA DECLARACIÓN JURADA ANUAL DEL IR E ITF DEL 2019
Mediante Resolución N°061-2020/SUNAT se modifica el cronograma de vencimientos para la presentación de la Declaración Jurada Anual del IR e ITF para aquellos deudores tributarios que, en el ejercicio 2019, hubieran obtenido ingresos netos de tercera categoría de hasta 5,000 UIT (S/ 21’000,000), o que hubieran obtenido o percibido rentas distintas a las de tercera categoría que sumadas no superen el referido importe.
El cronograma de vencimientos se mantiene y es el siguiente:
Último Dígito del RUC | Fecha de Vencimiento |
0 | 24 de junio de 2020 |
1 | 25 de junio de 2020 |
2 | 26 de junio de 2020 |
3 | 30 de junio de 2020 |
4 | 1 de julio de 2020 |
5 | 2 de julio de 2020 |
6 | 3 de julio de 2020 |
7 | 6 de julio de 2020 |
8 | 7 de julio de 2020 |
9 | 8 de julio de 2020 |
Buenos contribuyentes y sujetos no obligados a inscribirse en el RUC | 9 de julio de 2020 |
Cabe señalar que la prórroga aprobada previamente por Resolución de Superintendencia N°054-2020/SUNAT (publicada el 13.03.2020), establecía el límite en 2,300 UIT (S/ 9’660,000).
La norma bajo comentario ha sido emitida teniendo en cuenta la declaración de estado de emergencia nacional dispuesta a consecuencia del brote del COVID-19.
Las publicaciones contenidas en esta página web no constituyen opiniones legales. Han sido elaboradas con fines únicamente informativos y no con el objeto de proporcionar asesoría legal al lector. Su contenido ha sido redactado en términos generales, pudiendo ser modificado en cualquier momento, sin previo aviso. El acceso a esta información, a la página web o a cualquiera de los correos electrónicos señalados en este sitio no crean ningún tipo de relación entre Zuzunaga, Assereto y Zegarra Abogados S. Civil de R.L. y el lector.